jueves, enero 16, 2025

La Coalición Cívica denunció que el Gobierno no reglamentó un artículo de la Ley Bases para favorecer al “Señor del tabaco”

El diputado nacional Juan Manuel López sostuvo que la inacción del Poder Ejecutivo permite que empresas tabacaleras declaren precios inferiores a los de mercado para tributar menos.

El diputado nacional de la Coalición Cívica Juan Manuel López denunció que el Gobierno aún no reglamentó un artículo de la ley Bases que apunta a evitar la evasión fiscal de algunas empresas tabacaleras y que, así, “beneficia al ‘Señor del tabaco”. Según López, la subdeclaración de las compañías puede ocasionar pérdidas recaudatorias de hasta “300 millones de dólares anuales”.

“El Señor del tabaco” es Pablo Otero, de tabacalera Sarandí, y había hecho un fuerte lobby cuando se debatía la Ley Bases.

“Con la oposición inexplicable de algunos bloques logramos incorporar en Ley Bases legislación para poner fin a las maniobras de ciertas tabacaleras para no pagar impuestos; seis meses después ARCA no reglamenta nada”, sostuvo López en su cuenta de X.

Actualmente, las empresas de este rubro deben tributar un 73% sobre el precio de venta al consumidor, un valor que hoy en día informan a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) -ex AFIP- las propias tabacaleras. En este marco, según argumenta el legislador, las empresas declaran precios inferiores a los de mercado, de modo que tributan menos de lo que correspondería por sus ingresos reales.

“Los precios de venta al consumidor que declaran algunas tabacaleras y que están publicados en la página del ARCA no resisten un simple googleo o visita a un kiosco”, manifestó el diputado en redes sociales. Según estimaciones publicadas en un proyecto de resolución que lleva su nombre, algunas empresas llegan a declarar “precios hasta un 140% inferiores a los precios efectivos de venta, lo que puede ocasionar pérdidas recaudatorias de “hasta 300 millones de dólares anuales”.

El costo declarado por algunas compañías durante la primera semana de enero oscila entre los $440 y $900, mientras que en los comercios, el atado de cigarrillos se paga por arriba de los $2000. Ya en junio de 2024, el precio de un paquete de 20 unidades se vendía, en promedio, a $1699,85, según un informe de la Fundación Interamericana del Corazón (FIC) en Argentina.

Para evitar esta subdeclaración de parte de las compañías, la ARCA debería realizar un relevamiento sobre el precio de venta de los cigarrillos. Según lo establecido en el artículo incorporado a la Ley Bases por iniciativa de la Coalición Cívica, cuando el precio informado por las tabacaleras sea, al menos, un 20% menos que aquel surgido del relevamiento, se deberá tomar este último como valor de referencia para calcular la base imponible.

“Cuando el precio de venta al consumidor informado por los sujetos pasivos del gravamen, según lo establecido en el artículo anterior, no constituya una base idónea a los fines de determinar el valor imponible, corresponderá utilizar el precio que determine la Administración Federal de Ingresos Públicos. Se considerará que no constituye una base idónea todo precio informado por los sujetos pasivos que resulte inferior, como mínimo, en un veinte por ciento (20%) al precio que suja del relevamiento mencionado”, dice el texto de la norma.

Aunque esta reforma de la ley de Impuestos Internos fue aprobada por el Congreso a mediados del año pasado y el Gobierno tenía un plazo de 90 días para reglamentarla, la ARCA aún no ha avanzado en esa dirección, por lo que todavía no comenzó a aplicarse, advierte López. “La prolongación en el tiempo de esta conducta omisiva permitiría a las empresas evitar el cumplimiento total de sus obligaciones tributarias, consolidando la pérdida de una fuente significativa de recursos fiscales en un contexto de restricciones”, expresó en el proyecto de resolución presentado en la Cámara Baja.

En el documento, el legislador de la Coalición Cívica solicita a las autoridades de la ARCA que detallen los motivos de la demora en la reglamentación, informe qué acciones se han tomado en este sentido y que brinden una fecha estimada para la publicación del decreto correspondiente para su entrada en vigor. Además, requiere información respecto de la cantidad de recursos que no han sido percibidos por el organismo recaudatorio a raíz de la demora mencionada.

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