sábado, julio 27, 2024

Negociado millonario: Escándalo en la cooperativa portuaria de «Vino Caliente»

Aseguran que el interventor Schaer creó un reglamento interno que vulnera el espíritu cooperativo y el estatuto social de la institución. Detrás, beneficios para sus allegados_

La detención del histórico sindicalista de los portuarios del Puerto San Martín, Herme «Vino Caliente» Juárez abrió un manto de sospechas en el manejo de los recursos de los trabajadores.

El nuevo escándalo se registra en la Cooperativa de Trabajo Portuarios Limitada del Puerto General San Martín, que también estaba a cargo de Juárez hasta su apartamiento.

Tiene como protagonista al interventor designado por el gobierno macrista, Juan José Schaer.

Mundo Gremial relató hace días la denuncia efectuada por socios de la Cooperativa sobre un polémico reglamento interno impulsado por Schaer, bajo la sospecha de esconder intenciones contrarias a los intereses de los trabajadores y a favor de la familia Juárez, con una clara violación al estatuto social de la organización.

Schaer intentó realizar una defensa a su postura. El interventor se excusó al decir que “uno de los puntos que teníoa la cooperativa y que nosotros empezamos a trabajar con la intervención desde agosto, es que tenía un estatuto pero por la ley de cooperativismo debe tener un reglamento interno que rija las conductas de los integrantes de la cooperativa de trabajo”.

Fuente legales aseguran que la afirmación de Schaer es «absolutamente falsa», ya que la ley de cooperativas no contiene ninguna norma que obligue a estas entidades a funcionar con un reglamento interno más allá de su estatuto.

Explican que “la norma madre y fundamental de una cooperativa es su estatuto social. Los reglamentos son instrumentos normativos complementarios no obligatorios, cuya regulación esta prevista por el articulo 13. Este precepto de ninguna manera establece la obligatoriedad de su dictado como requisito de existencia o funcionamiento de un ente cooperativo”.

Los especialistas consultados aclaran que por la propia ley de cooperativas, las condiciones fundamentales de funcionamiento deben ser reguladas por el estatuto. La ley establece que el mismo debe regular cuestiones como el valor de las cuotas sociales y el derecho de ingreso, la organización de la administración y fiscalización, régimen de asambleas, reglas para distribuir excedentes y soportar las perdidas, condiciones de ingreso y retiro de los socios, derechos y obligaciones, entre otras cuestiones.

En contrapartida a la ley, el reglamento interno de Schaer regula cuestiones inherentes al estatuto y que ya estaban reguladas por éste, como el régimen de administración, condiciones de ingreso de los socios y el reparto de los excedentes.

Fuentes de la Cooperativa particularmente mostraron preocupación por cuanto el reciente reglamento, establece deducciones a los excedentes que no están previstas por el estatuto social. Una de estas sería un denominado fondo de “reinversión productiva”, el cual prevé elevarse hasta el 30% de las utilidades que deberían ser repartidas entre los socios.

Aquí el escándalo. De esta manera por vía de un reglamento el interventor estaría forzosamente reduciendo los excedentes que le corresponden a los socios por el estatuto.

Otro punto cuestionado es el artículo 21 del reglamento, que establece que los excedentes, luego de efectuadas las deducciones, se distribuirán de acuerdo a escalas propias de la especialización, jerarquías categorías, secciones o áreas.

Objetan que el artículo 27 del estatuto social que regula el reparto de excedentes de los socios no contiene un criterio de tal calibre.

La diferenciación en el destino de los excedentes favorecería a un limitado grupo de personal jerarquizado, que estarían vinculados al expresidente de la Cooperativa Suárez.

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